Mercadeo Digital
Creación de contenido, correos promocionales, anuncios pagados, videos, blogs, marketing de afiliados y promoción móvil.
El Incentivo Especial de Mercadeo del DDEC reembolsa a pequeñas y medianas empresas hasta $10,000 en gastos de página web, redes sociales, publicidad digital, SEO y eventos — si tu PyME califica.
Es un programa del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) de Puerto Rico que te reembolsa el 50% de lo que gastes en mercadear tu negocio — hasta un máximo de $10,000.
El nombre oficial es "Incentivo Especial para Actividades de Mercadeo Local y al Exterior para Empresas Locales" y se rige por el Reglamento MO-DEC-015 del DDEC.
¿Cómo funciona el ciclo?
Revisa los requisitos. Debes cumplir todos los criterios del lado verde para ser elegible.
El 50% de reembolso aplica a estas cinco categorías de actividades de mercadeo.
Creación de contenido, correos promocionales, anuncios pagados, videos, blogs, marketing de afiliados y promoción móvil.
Creación de una nueva página web para tu negocio, o mejoras significativas a tu sitio existente.
Publicaciones, mejora de contenido, pauta de anuncios en plataformas sociales e influencer marketing.
Servicios de optimización en motores de búsqueda para que más clientes encuentren tu negocio en Google.
Participación en ferias, demostraciones y degustaciones. Incluye alquiler de espacio, expositores y equipo relacionado.
Esta es la lista completa de documentos que debes tener listos al momento de someter tu solicitud. Donde aplica, incluimos el enlace al portal donde puedes obtenerlo.
💡 Todas las certificaciones de Hacienda se solicitan a través del portal SURI en línea.
📎 Todos los documentos deben someterse en formato PDF. Máximo 10 MB por archivo.
El proceso de solicitud es completamente en línea a través del portal oficial del DDEC.
Antes de comenzar la solicitud, ten todos los documentos de la sección anterior listos en formato PDF. Cada archivo no puede exceder 10 MB. Este paso puede tomar días o semanas, ya que algunas certificaciones demoran en procesarse.
Ve a incentives.ddec.pr.gov y crea una cuenta o inicia sesión. La plataforma es el portal oficial de incentivos del DDEC.
El formulario está dividido en cuatro partes:
Adjunta todos los documentos requeridos en PDF. Luego firmas digitalmente la solicitud, certificando que la información es correcta y completa. Tienes 90 días para completar la documentación desde que comienzas la solicitud.
El DDEC te notificará por el portal o correo electrónico. Si te aprueban, tienes 30 días para aceptar los términos del contrato y comenzar a incurrir en gastos elegibles durante los 18 meses de vigencia. Si te deniegan, recibirás explicación y tendrás derecho a reconsideración.
Contestamos las dudas más comunes, pensando como un emprendedor en Puerto Rico.
Es un reembolso en efectivo, no un crédito contributivo. Esto significa que tú incurres primero en los gastos de mercadeo durante los 18 meses de vigencia del contrato, y luego el DDEC te devuelve el 50% de esos gastos elegibles, hasta un máximo de $10,000.
No afecta ni reduce tus contribuciones — es dinero adicional que recibes de vuelta.
Para recibir el máximo de $10,000, necesitas incurrir en al menos $20,000 en gastos elegibles de mercadeo durante los 18 meses que dura el contrato. El reembolso siempre es del 50% de lo que gastes.
Ejemplo: Si gastas $5,000 en tu página web y $3,000 en anuncios de Instagram durante el período, recibirías $4,000 de reembolso ($8,000 × 50%).
Sí. Los sectores de servicios locales y alimentos y bebidas están explícitamente incluidos como elegibles. Restaurantes, bares (siempre que no sean su venta principal el alcohol), food trucks, barberías, salones de belleza, spas y negocios de servicios personales califican.
Lo importante es que cumplas con los criterios de tamaño: ventas anuales menores de $3M y no más de 25 empleados a tiempo completo.
Sí. Los pagos a proveedores de servicios de mercadeo — diseñadores web, agencias digitales, fotógrafos, creadores de contenido, agencias de SEO — son gastos elegibles, siempre que estén dentro de las categorías cubiertas (página web, mercadeo digital, redes sociales, SEO, eventos).
Guarda todas las facturas como evidencia para el reembolso.
Sí, pero con condiciones. Si tienes deudas con alguna agencia de gobierno, debes presentar evidencia de un plan de pago aprobado y demostrar que estás cumpliendo con ese plan al momento de someter la solicitud.
El comité evaluará si el plan de pago está vigente y en cumplimiento. Una deuda en proceso de pago no es automáticamente descalificante.
No. El programa excluye expresamente a empresas con decretos de exención contributiva bajo la Ley 60-2019 y leyes de incentivos anteriores. Si tu empresa tiene un decreto bajo Ley 22, Ley 20 o cualquier ley de incentivos contributivos de PR, no eres elegible para este programa.
Esto aplica a la empresa — no a ti personalmente como individuo. Si la empresa en sí no tiene un decreto, podría calificar.
No. El incentivo cubre gastos que incurras después de que el DDEC apruebe tu solicitud y firmes el contrato. Los gastos realizados antes de la aprobación no son reembolsables bajo este programa.
Por eso es importante aplicar lo antes posible si estás planificando invertir en mercadeo en los próximos meses.
El reglamento no establece un plazo fijo de respuesta, pero sí hay plazos importantes para ti: una vez iniciada la solicitud, tienes 90 días para completar toda la documentación (este plazo se interrumpe si el DDEC solicita correcciones). Una vez aprobado, tienes 30 días para aceptar los términos del contrato.
La demora más común la causan las certificaciones de agencias de gobierno, especialmente Hacienda y CRIM. Tenlas listas antes de comenzar a llenar el formulario.
Sí, se puede reaplicar. Sin embargo, como reaplicante, el comité evalúa con criterios adicionales: debes demostrar crecimiento operacional durante el ciclo anterior, incluyendo métricas de crecimiento, creación de empleo o aumento en ventas.
En otras palabras, debes poder mostrar que el primer ciclo del incentivo tuvo resultados medibles para tu negocio.
Sí. La pauta (ads) en plataformas de redes sociales está explícitamente cubierta dentro de la categoría de "Redes Sociales". Esto incluye anuncios en Instagram, Facebook, TikTok, LinkedIn y plataformas similares.
También están cubiertos los pagos a influencers para que promuevan tu negocio en sus redes sociales.
No es obligatorio, pero la documentación es extensa — hay más de 15 documentos requeridos de múltiples agencias. Muchos dueños de negocio optan por tener a alguien que los oriente en el proceso para evitar errores que retrasen la aprobación.
Si tienes dudas o quieres orientación antes de comenzar, escríbeme por WhatsApp y con gusto te oriento.
Tu PyME puede recibir hasta $10,000 de vuelta en gastos de mercadeo. Aplica directamente en el portal oficial del DDEC, o escríbeme si tienes alguna duda antes de comenzar.